• EMASEO EP solicitó que se revise la actuación del juez Gustavo Guerra por considerar que existieron inconsistencias legales en el desarrollo del proceso judicial iniciado por la acción de protección propuesta por RECOBAQ.
  • RECOBAQ inició el proceso judicial constitucional contra EMASEO EP para que se dejen sin efecto 5 multas impuestas.
Gerente de EMASEO EP, Yolanda Gaete presentó denuncia en el Consejo de la Judicatura

La mañana de este jueves 13 de agosto, la Empresa Pública Metropolitana de Aseo –EMASEO EP presentó una denuncia en el Consejo de la Judicatura, contra el juez de Garantías Penales de Guayaquil, Gustavo Guerra, por su actuación durante el proceso que inició RECOBAQ a EMASEO EP, debido a que habría existido un tratamiento irregular, inobservando el procedimiento dispuesto en Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Es importante indicar que RECOBAQ ha solicitado en dos ocasiones medidas cautelares contra EMASEO EP por las multas impuestas dentro del contrato. El primer requerimiento se presentó el 15 de enero de 2020. Luego del análisis de las pruebas de descargo y observar los incumplimientos de la parte accionante (RECOBAQ), el juez de Garantía Penales, Iván Tirsio Muñoz, (el 2 de julio) resolvió revocar la medida cautelar, permitiendo que EMASEO continúe con el proceso multas y sanciones.

Aproximadamente una semana después, RECOBAQ presentó un nuevo requerimiento de medida cautelar con acción de protección. El juez Gustavo Guerra admitió a trámite la solicitud y notificó a las partes el 9 de julio de 2020, prohibiendo que se continúe con el proceso de terminación unilateral de contrato (que inició EMASEO EP el 8 de julio) y la ejecución de multas y sanciones.

El 13 de julio de 2020, en Guayaquil se celebró la audiencia en la que las partes presentaron sus argumentos y el juez Guerra dictó una ilegal apertura de término de 8 días de prueba, en la que no se practicó ninguna prueba. El 4 de agosto de 2020, a petición del consorcio RECOBAQ la audiencia debía realizarse vía telemática, pero al ingresar a la plataforma Zoom los representantes de EMASEO EP observaron que el Juez estaba acompañado de los abogados del consorcio RECOBAQ en la Sala de Audiencias, vulnerando el derecho al debido proceso de la empresa pública quiteña.

Durante la diligencia que estaba convocada para la lectura de sentencia del caso, el juez Guerra celebró una nueva audiencia, incumpliendo la ley admitió que se presenten nuevas pruebas que no fueron conocidas por EMASEO EP, y en un tiempo aproximado de 30 minutos redactó la sentencia. En su resolución se establece que EMASEO EP debía considerar elementos presentados en mayo de 2020, referentes a demora para el cumplimiento de homologación, nacionalización, traspaso y matrícula de vehículos comprados, pese a que el plazo para cumplir este fin feneció en agosto de 2019, y por los que se impusieron multas, todo esto, a pesar de que el artículo 161 del COA, prohíbe ampliación de plazos en términos que ya se encuentran vencidos. Es decir, obliga a EMASEO EP que actúe en contra de una disposición que se encuentra recogida en una norma con jerarquía de ley orgánica.

Además, excediendo total y absolutamente sus competencias, el juez Gustavo Guerra prohibió a EMASEO EP que termine unilateralmente el contrato e imponga nuevas multas, pese a los incumplimientos de RECOBAQ.

Bajo ningún punto de vista el juzgador constitucional de instancia tiene competencia jurisdiccional, dentro de una acción de protección, para analizar si un acto administrativo adolece de una causal de nulidad (contempladas en el artículo 105 del Código Orgánico Administrativo). El control de legalidad de los actos administrativos es competencia exclusiva, en sede jurisdiccional ordinaria de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo.

La Empresa Pública Metropolitana de Aseo, el martes 11 de agosto, apeló la sentencia del juez Gustavo Guerra ante la Corte Provincial de Justicia del Guayas y está a la espera que se determine (mediante sorteo) la Sala que conocerá el caso.